Nombre | Baptiste Willer y miembros de su familia vs. Haití (Caso 12.944 ) | |||
Defensores/as Interamericanos/as designados/as | Dra. Rosmy Cáceres (Paraguay) Leonardo Cardoso de Magalahaes (Brasil) Ex DPI Licenciado Carlos Benjamín Flores Vásquez (México) | |||
Situación procesal actual | Remisión a la Corte IDH | 19 de Mayo de 2020 | ||
Designación de DPIs | 3 de julio de 2020 | |||
Remisión del ESAP | 4 de octubre de 2020 | |||
Audiencia de fondo | No se realizó, solo testimoniales | |||
Alegatos finales escritos | 11 de abril de 2023 | |||
Sentencia de fondo | PENDIENTE |
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Hechos del caso | El caso se relaciona con la responsabilidad internacional del Estado por la falta de protección a los derechos del señor Baptiste Willer y su familia frente a las múltiples amenazas e intentos de homicidio de los cuales fueron objeto entre los años 2007 y 2009, la falta de debida diligencia en la investigación y la impunidad en que encuentran la muerte de su hermano Frédo Guirant (o Guirand), de 16 años, así como las amenazas y atentados antes referidos. Los hechos ocurrieron en el contexto de continuas amenazas y hostigamientos a Baptiste Willer y su familia por parte de miembros de una pandilla, quienes, pese a ser conocidos delincuentes, actuaban con impunidad. El 4 de febrero de 2007, Frédo Guirant (o Guirand) fue asesinado por los mismos sujetos que habían atentado contra la vida de su hermano Baptiste Willer unas horas antes. El señor Willer alertó a las autoridades que su vida y la de su familia corrían peligro y solicitó ayuda judicial mediante una carta dirigida a diversas autoridades, aportando información sobre la identidad de los sospechosos y el tipo de amenazas y hostigamientos de los que era víctima. También les informó que, temiendo por su seguridad y la de su familia, se había visto forzado a abandonar su residencia habitual. Luego de haber informado a las autoridades de lo ocurrido, y sin recibir ningún tipo de protección, asistencia o respuesta por parte del Estado, Baptiste Willer, su esposa e hijos menores de edad, continuaron en una situación de desplazamiento, experimentando una permanente sensación de inseguridad y fueron víctimas de continuas amenazas telefónicas y en persona, así como de atentados. En su Informe de Fondo la Comisión concluyó que el Estado incumplió con su deber de proteger los derechos a la vida e integridad personal de Baptiste Willer y su familia, dado que el Estado no adoptó las medidas para proteger los derechos de las víctimas, a pesar de que estaba en conocimiento de la situación de riesgo y que los hechos revestían especial seriedad. Asimismo, la Comisión estableció que, en vista de que los tres hijos del señor Willer eran menores de edad a la fecha de los hechos, existía un deber especial para el Estado de salvaguardar sus derechos. Por otra parte, teniendo en cuenta que la falta de medidas de protección por parte del Estado produjo el desplazamiento forzado de las víctimas, la Comisión también concluyó que el Estado violó el derecho a su libre circulación y residencia. Por último, la omisión determinó que el Estado incumplió con el deber de investigar de manera diligente y en un plazo razonable el asesinato de Frédo Guirant (o Guirand), el atentado sufrido por Baptiste Willer, y las amenazas y hostigamientos que sufrieron este último y su núcleo familiar. En vista de lo anterior, la Comisión concluyó que el Estado de Haití violó los derechos consagrados en los artículos 4.1, 5.1, 8.1, 19, 22.1 y 25.1 de la Convención Americana, en relación con su artículo 1.1. La designación de DPIs fue solicitada por la Corte en relación con la totalidad de las víctimas, y la propuesta de los DPIS mencionados fue remitida el 26 de Junio de 2020 de la Secretaría General de AIDEF a la Coordinación General |
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