Nombre | Caso Casierra Quiñonez y otros Vs. Ecuador | |||
Defensores Interamericanos designados | Lic. Javier Mogrovejo Sandra Haro Ex DPI Lic. Carlos Benjamín Flores Vásquez | |||
Situación procesal actual | Remisión a la Corte IDH | 19 de junio de 2020 | ||
Designación de DPIs | 10 de octubre de 2020 | |||
Remisión del ESAP | 20 de Diciembre de 2020 | |||
Audiencia de fondo | 11 de febrero de 2022 | |||
Alegatos finales escritos | 11 de marzo de 2022 | |||
Sentencia de fondo | 11 de mayo de 2022 | |||
Hechos del caso | El presente caso se relaciona con la muerte de Luis Eduardo y las lesiones producidas a Andrés Alejandro, ambos de apellidos Casierra Quiñonez, presuntamente por parte de agentes de la Armada Nacional de la República del Ecuador en diciembre de 1999. Se alega la violación de los derechos a la vida y a la integridad personal de Luis Eduardo, y del derecho a la integridad personal de Andrés Alejandro, debido a que el Estado no aportó una explicación satisfactoria sobre el uso de la fuerza letal, que fuera el resultado de una investigación independiente, imparcial y con la debida diligencia. Asimismo, se argumenta que el uso de la fuerza empleada por el Estado no habría tenido una finalidad legítima y habría resultado innecesario y desproporcionado. De igual forma, se alega que, al tratarse de presuntas violaciones a los derechos humanos, concretamente de violaciones a los derechos a la vida y a la integridad personal, los hechos no podían considerarse como posibles “delitos de función”, por lo que la investigación debió adelantarse en el fuero ordinario; en consecuencia se alude que al haberse aplicado la justicia penal militar, el Estado violó los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial, específicamente el derecho a contar con una autoridad competente, independiente e imparcial, así como a contar con un recurso judicial adecuado y efectivo. Por último, se alega que el Estado vulneró el derecho a la integridad personal de los familiares de los hermanos Casierra Quiñonez identificados en el Informe de Fondo, en tanto la pérdida de un ser querido y las lesiones de otro, así como la ausencia de verdad y justicia, ocasionaron sufrimiento y angustia en perjuicio de los referidos familiares. |