AIDEF

Caso “Johan Alexis Ortiz Hernández vs. Venezuela”

Nombre

Zaida Hernández de Arellano y Edgar Humberto Ortiz Ruiz (Caso 12.270)

Defensoras Interamericanas designadas

Yulis Nela Adames González (Rep. Dominicana)

María Cristina Meneses (Defensoría Pública de Ecuador)

 

Ex DPI: Johanny Elizabeth Castillo Sabari (Oficina Nacional de Defensa Pública de República Dominicana)   

Gustava Aguilar Moraga (Defensoría Penal Pública de Chile)

Situación procesal actual

Remisión a la Corte IDH

13 de mayo de 2015

Comunicado de Prensa CIDH

Designación de DPIs

11 de abril de 2014 (en CIDH)

Remisión del ESAP

5 de octubre de 2015

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Audiencia de fondo

9 de febrero de 2017

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Alegatos finales escritos

10 de marzo de 2017

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Sentencia de fondo

22 de agosto de 2017

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Supervisión de sentencia

17 de noviembre de 2021

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Hechos del caso y resumen de lo decidido.

El 15 de marzo de 2000 la CIDH recibió una petición presentada por Edgar Humberto Ortiz Ruiz y Zaida Hernández de Arellano en la cual se alegaba la responsabilidad de la República Bolivariana de Venezuela por el fallecimiento de su hijo Johan Alexis Ortiz Hernández, ocurrido en las instalaciones de la Escuela de Guardias Nacionales de Cordero (ESGUARNAC) el 15 de febrero de 1998. El suceso ocurrió cuando la víctima tenía 19 años siendo alumno de último nivel de dicha Escuela, desde donde fue trasladado junto con sus compañeros de curso hasta las instalaciones de los Comandos Rurales de Caño Negro para la realización de unas prácticas de la tercera y última fase de su preparación como efectivo de la Guardia Nacional. En una de estas prácticas, el alumno falleció, según las versiones de las autoridades de la escuela, en un “lamentable accidente”. Según la versión oficial dada a los familiares del alumno, aproximadamente a las 12:45 meridiano, Johan Alexis se encontraba atravesando un sector de la cancha del “Soldado Especial” cuando fue impactado por dos proyectiles de ametralladora AFAG M-61. El ejercicio militar consistía en que los estudiantes se arrastraran rampando por debajo de una red de alambre de púas, mientras un instructor con un arma de repetición disparaba a su paso sobre la alambrada. La versión presentada a los familiares exponía que el estudiante se levantó sin razón alguna y fue impactado por dos disparos en el lado derecho de su cuerpo a la altura de la clavícula. Por su parte, los padres de la víctima alegan que la muerte no se produjo de forma accidental.

A su vez, los peticionarios entienden que fueron víctimas de ocultamiento de información y que les fueron presentadas versiones contradictorias que hacen prever que los hechos habrían ocurrido de manera intencional. Además, denunciaron que las autoridades investigativas tardaron de manera negligente en la práctica de la exhumación del cadáver, haciendo que el cuerpo entrara en etapa de licuefacción y no se pudiera observar y determinar con facilidad la trayectoria de los proyectiles.

Ver informe de admisibilidad

En febrero de 2015 se dictó el Informe de Fondo. Con fecha 13 de mayo de 2015 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos presentó el caso ante la Corte.   

El 22 de agosto 2017 la Corte IDH dictó sentencia (notificada el 13 de octubre) en la que declaró internacionalmente responsable a dicho Estado de la violación del derecho a la vida (artículo 4(1) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos), a la integridad personal (artículo 5(1) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos) en perjuicio de Johan Alexis Ortiz Hernández. Asimismo, determinó que el Estado es responsable por la violación de la garantía del juez natural (artículo 8(1) de la Convención Americana) en relación con los artículos 1(1) y 2, y por la violación del derecho a las garantías judiciales y a la protección judicial, reconocidos en los artículos 8.1 y 25.1 de la Convención Americana, en relación con el artículo 1.1 en perjuicio de los padres de la víctima. Igualmente concluyó que el Estado es responsable por la violación del derecho a la integridad personal, en relación con el artículo 1.1 en perjuicio de los familiares de Johan Alexis Ortiz Hernández.

Resumen oficial de la Corte IDH

Medidas pendientes de cumplimiento