AIDEF

Caso Scot Cochran vs. Costa Rica

Nombre

Caso Scot Cochran vs. Costa Rica

Defensoras Interamericanas designadas

Maricel Gómez Murillo (Costa Rica)

Tomás Poblador Ramírez (Costa Rica)

Situación procesal actual

Remisión a la Corte IDH

6 de junio de 2021

Comunicado CIDH

Designación de DPIs

4 de mayo de 2022

Remisión del ESAP

12 de septiembre de 2021

Audiencia de fondo

9 de noviembre de 2022

Alegatos finales escritos

9 de diciembre de 2022

Sentencia de fondo

PENDIENTE

 

Hechos del caso

El caso se relaciona con la alegada responsabilidad internacional del Estado por la violación del derecho a la información sobre la asistencia consular del señor Thomas Scot Cochran, en el marco del proceso penal seguido en su contra. Según fue indicado, el señor Scot Cochran fue arrestado en su domicilio el 20 de enero de 2003. El mismo día el Juzgado Penal de Turno Extraordinario de San José decretó su prisión preventiva por seis meses, medida que fue prorrogada en cuatro oportunidades. El 17 de agosto de 2004 la presunta víctima fue condenada por la comisión de distintos delitos. La defensa de la presunta víctima interpuso un recurso de casación que fue declarado sin lugar. Con posterioridad, la defensa interpuso tres recursos de revisión que fueron declarados sin lugar. Se indica que, al momento de su arresto, el señor Scot Cochran era ciudadano de los Estados Unidos de América. Asimismo, se argumenta que, al día siguiente del arresto, el Juez Penal de Turno dirigió una carta a la Embajada de los Estados Unidos de América en Costa Rica, mediante la cual informó sobre su decisión de decretar la prisión preventiva de la presunta víctima. Según fue alegado, dicha notificación no sería suficiente para tener por cumplido el derecho a la información sobre la asistencia consular, pues este incluiría un contenido distinto que implica que la persona extranjera que es arrestada debe ser informada, sin dilación, que tiene el derecho de solicitar los servicios consulares de su Estado de origen. En tal sentido, no existe registro alguno en cuanto a que en el inicio del proceso penal o en otro momento de este, las autoridades judiciales hayan informado a la presunta víctima sobre su derecho. Según fue argumentado, tampoco el Estado presentó prueba en ese sentido.

Resumen oficial de la Corte IDH