Nombre | Miembros del Sindicato Único de Trabajadores de Ecasa – SUTECASA Vs. Perú | |||
Defensores/as Interamericanos/as designados/as | Representación 1: Renée Mariño (Uruguay); María Cristina Meneses (Ecuador); Leonardo Cardoso de Magalhaes (Brasil) y Luis José Gómez Nuñez (México)
Representación 2: Sabrina Bohm (Uruguay) y Javier Mogrovejo (Ecuador) | |||
Situación procesal actual | Remisión a la Corte IDH | 16 de noviembre de 2020 | ||
Designación de DPIs | 17 de mayo de 2021 | |||
Remisión del ESAP | 5 de enero de 2022 | |||
Audiencia de fondo | PENDIENTE | |||
Alegatos finales escritos | PENDIENTE | |||
Sentencia de fondo | PENDIENTE |
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Hechos del caso | ECASA era una empresa del Estado sujeta al régimen de actividad privada. En 1990 suscribió un Convenio Colectivo con SUTECASA, en el que se habrían establecido una serie de beneficios, entre ellos, incrementos salariales. Posteriormente, mediante dos Decretos Supremos, se habrían suspendido los incrementos salariales fijados por Convenios Colectivos, lo que llevó a los miembros de SUTECASA a presentar una acción de amparo. Tras varias instancias, el proceso terminó en 1993, cuando la Corte Suprema de Justicia emitió una sentencia que estableció que eran inaplicables para los accionantes los referidos Decretos Supremos. Se alega que a partir de ese momento inició un proceso de cumplimiento de la sentencia que permanece abierto. En este caso se argumenta la violación de los derechos a las garantías judiciales, negociación colectiva, propiedad privada y protección judicial, establecidos en los artículos 8.1, 21, 25.1, 25.2.c) y 26 de la Convención Americana. |
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