La AIDEF participó en el período 119° de sesiones de la Corte Interamericana que tuvo lugar entre el 21 de agosto y el 1 de septiembre de 2017 en su sede en la ciudad de San José de Costa Rica.
Solicitud de Opinión Consultiva relativa al alcance y fin del derecho de asilo a la luz del derecho internacional de los derechos humanos, del derecho interamericano y el derecho internacional.
El 24 de agosto, la Directora de la Defensa Pública de Costa Rica, Marta Iris Muñoz Cascante participó en nombre de la AIDEF en la audiencia pública convocada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre de la Opinión Consultiva presentada por el Estado del Ecuador relativa al alcance y fin del derecho de asilo a la luz del derecho internacional de los derechos humanos, del derecho interamericano y el derecho internacional.
La Dra. Muñoz Cascante presentó un resumen del escrito presentado oportunamente por la AIDEF por invitación de la Corte Interamericana. Allí, se resaltó que la Convención Americana sobre Derechos Humanos reconoce en su artículo 22(7) el derecho de toda persona de buscar y recibir asilo en territorio extranjero en caso de persecución por delitos políticos o comunes conexos con los políticos y de acuerdo con la legislación de cada Estado y los convenios internacionales. Asimismo, se señaló la importancia de la prohibición de no devolución y del respeto de la protección internacional. Finalmente se señaló que el derecho de asilo debe ser considerado como un derecho humano que no constituye una afrenta a la soberanía de los Estados sino que requiere la puesta en práctica de una cooperación amistosa inter-estatal.
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Audiencia Pública del caso Manfred Amhrein y otros vs. Costa Rica
Los días 28 y 29 de agosto se realizaron las audiencias públicas relativas al caso contencioso Manfred Amhrein y otros vs. Costa Rica en las que participaron tres defensores públicos interamericanos que representan a cuatro de las víctimas del caso, el Dr. Tomas Poblador Ramírez y el Dr. José Arnoldo Gonzalez Castro, de la Defensa Pública de Costa Rica, y la Dra. Belinda Guevara Casaya, de la Defensa Pública de Honduras.
El caso se relaciona con la alegada responsabilidad internacional de Costa Rica por la inexistencia de un recurso que permitiera obtener una revisión amplia de las condenas penales impuestas a diecisiete personas. Se alega que, conforme al marco procesal penal vigente al momento de las referidas condenas, el recurso existente habría sido el recurso de casación que se habría encontrado limitado a cuestiones de derecho, excluyendo la posibilidad de revisión de cuestiones de hecho y prueba. Asimismo, se alega que las dos reformas legislativas adoptadas por el Estado con posterioridad a dichas sentencias tampoco habrían permitido garantizar el derecho a recurrir el fallo de las presuntas víctimas, en tanto los mecanismos ofrecidos para las personas con condena en firme antes de dichas reformas, adolecieron de las mismas limitaciones. Por otra parte, según se alega, respecto de algunas presuntas víctimas, el Estado presuntamente vulneró el derecho a las garantías judiciales en el marco de los procesos penales en su contra, el derecho a la libertad persona por la duración no razonable de la detención preventiva y el derecho a la integridad personal por las malas condiciones de detención en el centro penitenciario donde estuvieron recluidas las víctimas, en tanto los mecanismos ofrecidos para las personas con condena en firme antes de dichas reformas, habrían adolecido de las mismas limitaciones.
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